-Licencia de Dominio Público.
Puede incluso no ser clasificada como licencia, ya que básicamente, se establece este adjetivo se da a todo aquel software que es distribuido sin ningún tipo de restricción hacia el usuario final. Por lo tanto, su código puede ser modificado, usado y distribuido por cualquiera; y además, los mismos usuarios tienen la capacidad de licenciar sus redistribuciones libremente a como mejor les convenga.

-Software Semi-Libre.
Está clasificación ofrece el contenido al consumidor de forma gratuita para su uso, distribución, copia e incluso, en algunos casos se le permite hacer modificaciones. Sin embargo, no se les considera software libre y no permite que se pueda lucrar con dicho material, ya sea una copia o modificación.

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